{"id":1105,"date":"2020-01-03T11:59:05","date_gmt":"2020-01-03T14:59:05","guid":{"rendered":"https:\/\/abs-salta.com\/web\/?p=1105"},"modified":"2024-01-30T07:04:05","modified_gmt":"2024-01-30T10:04:05","slug":"estatuto-social-de-la-asociacion-bioquimica-de-salta","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/abs-salta.com\/web\/estatuto-social-de-la-asociacion-bioquimica-de-salta\/","title":{"rendered":"Estatuto Social de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong>TITULO I<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><u>CONSTITUCI\u00d3N. DENOMINACI\u00d3N Y FINES DE LA\u00a0<\/u><\/strong><b><u>ASOCIACI\u00d3N<\/u><\/b><\/p>\n<p><strong>Articulo 1\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong> En la ciudad de Salta, a los veintid\u00f3s d\u00edas del mes de Octubre del a\u00f1o Dos Mil Uno, queda constituida una Asociaci\u00f3n integrada exclusivamente por profesionales que posean el t\u00edtulo de Bioqu\u00edmicos, otorgados o revalidados por una Universidad Nacional Argentina, y que se denominar\u00e1\u00a0<strong>ASOCIACI\u00d3N\u00a0BIOQU\u00cdMICA DE SALTA<\/strong>, los profesionales que la compongan deber\u00e1n estar matriculados en el Colegio de Bioqu\u00edmicos de Salta y tener su domicilio real en la provincia de Salta.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 2\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong> La Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta tendr\u00e1 su sede en la Ciudad Capital, pudiendo nombrar uno o m\u00e1s representantes bioqu\u00edmicos en cualquier ciudad del interior de la provincia para velar por estos Estatutos y el cumplimiento de las disposiciones que establezca la Asociaci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>Articulo 3\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Los fines y objetivos de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, son los siguientes:<\/p>\n<p>a) Defender los intereses de la profesi\u00f3n, y propender al desarrollo y perfeccionamiento de la misma, manteniendo una informaci\u00f3n cultural entre los asociados y entidades cient\u00edficas y celebrando reuniones y conferencias.-<\/p>\n<p>b) Propugnar por un respaldo legal para el ejercicio profesional bioqu\u00edmico, aspirando a una fiscalizaci\u00f3n efectiva y permanente y gestionando ante los poderes p\u00fablicos la adopci\u00f3n de medidas de inter\u00e9s para la profesi\u00f3n.-<\/p>\n<p>c) Propender al mantenimiento del nivel profesional que al sector bioqu\u00edmica corresponde dentro de las Ciencias de la Salud.-<\/p>\n<p>d) Fomentar el esp\u00edritu solidario, la protecci\u00f3n mutua y la consideraci\u00f3n rec\u00edproca entre sus asociados y colegas.-<\/p>\n<p>e) Vincular sus actividades al medio social para cooperar a su mejoramiento cultural, a la divulgaci\u00f3n de las ciencias y conocimiento del verdadero papel profesional de la bioqu\u00edmica.-<\/p>\n<p>f) Gestionar la representaci\u00f3n de la profesi\u00f3n ante los organismos p\u00fablicos o privados, como asesora y contralor del desempe\u00f1o profesional.-<\/p>\n<p>g) Mantener v\u00ednculos permanentes con otras entidades similares del pa\u00eds o del extranjero, como as\u00ed mismo, relacionarse con otros colegios o asociaciones profesionales.-<\/p>\n<p>h) Propender al esp\u00edritu de solidaridad y uni\u00f3n como esquema esencial de trabajo ante Obras Sociales, Mutuales, Prepagas, etc.-<\/p>\n<p>i) Asegurar el libre debate en el seno de la instituci\u00f3n de acuerdo con los fines y en concordancia con los intereses de la misma.-<\/p>\n<p>j) Jerarquizar la profesi\u00f3n bioqu\u00edmica ante la poblaci\u00f3n en general y los poderes p\u00fablicos.-<\/p>\n<p>k) Gestionar el reconocimiento del ejercicio profesional a favor exclusivo de los bioqu\u00edmicos.-<\/p>\n<p>l) Obtener que el ejercicio profesional para Obras Sociales, Mutuales, Cl\u00ednicas, y otras entidades prestatarias se realice en base a contratos celebrados por la Asociaci\u00f3n, respetando siempre la libre elecci\u00f3n del profesional bioqu\u00edmico que figure dentro del padr\u00f3n de asociados.-<\/p>\n<p>ll) Obtener la vigencia plena del principio de libre elecci\u00f3n del profesional por parte del paciente.-<\/p>\n<p>m) Lograr por parte de los profesionales bioqu\u00edmicos la decisi\u00f3n de facturar y percibir los honorarios de prestaciones a Obras Sociales, Mutuales, Cl\u00ednicas y otras entidades prestadoras a trav\u00e9s de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta.-<\/p>\n<p>n) Propender que todo el ejercicio de la profesi\u00f3n bioqu\u00edmica, como su contrataci\u00f3n y cobro de las prestaciones efectuadas a pacientes de Obras Sociales, Mutuales, Prepagas, etc. con convenio con la Asociaci\u00f3n \u00a0sean efectuadas por profesionales asociados.-<\/p>\n<p>\u00f1)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Procurar que todos los laboratorios sean de exclusiva propiedad de los bioqu\u00edmicos y de existir configurado aquel como asociaci\u00f3n, sociedad, que sea tambi\u00e9n constituida en su totalidad por bioqu\u00edmicos asociados.<\/p>\n<p>o) Obtener por todos los medios la erradicaci\u00f3n definitiva de la participaci\u00f3n de honorarios en detrimento de la poblaci\u00f3n enferma y de la dignidad profesional, personal y asociativa, realizando contratos con la entidades prestatarias donde se establezcan taxativamente auditorias compartidas a los fines de descubrir y sancionar a quienes realicen \u00e9sta pr\u00e1ctica.-<\/p>\n<p>p) Lograr la erradicaci\u00f3n definitiva de los locales no autorizados para la toma de muestras.-<\/p>\n<p>q) Mantener el Fondo de Asistencia Social para cumplimentar los fines para lo que ha sido creado el que podr\u00e1 adecuarse a los nuevos tipos de beneficios que converjan a ese fin.-<\/p>\n<p>r) Crear bajo su dependencia, o con el concurso o cualquier forma de participaci\u00f3n con otra entidad o asociaci\u00f3n profesional prestadora de la salud, sistemas de pre-pago y\/o capacitaci\u00f3n y\/o cualquier modalidad l\u00edcita, para la cobertura asistencia de la poblaci\u00f3n.-<\/p>\n<p>s) Defender los derechos de sus asociados, tanto en el \u00e1mbito p\u00fablico como en el privado, como persona, como profesional y como empleado, en tanto su defensa tenga relaci\u00f3n con los objetivos y fines de este Estatuto.-<\/p>\n<p>t) Velar por el fiel cumplimiento de las normas \u00e9ticas, profesionales y\u00a0 gremiales ejerciendo el pertinente\u00a0 poder disciplinario, con intervenci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Directiva y del Honorable Tribunal de Honor, cuando correspondiere. Asimismo podr\u00e1 modificar y reglamentar el Procedimiento Reglamentario Disciplinario a los efectos de adecuarlos a la realidad, o adoptar\u00e1 algunos preexistentes que convenga a sus intereses sin perjuicio de tambi\u00e9n aplicar las normas que el Estado Provincial dicte sobre el particular.-<\/p>\n<p>u) Representar a todos los asociados en las contrataciones de cobertura m\u00e9dicas asistenciales, pr\u00e1cticas bioqu\u00edmicas en general dentro del marco de incumbencias profesionales, con el Estado Nacional, Provincial, Municipal, Seguridad Social, Entidades P\u00fablicas o Privadas etc., cumplimentando los requisitos que la normativa exija.-<\/p>\n<p>v) Propender que las Obras Sociales, Mutuales, Prepagas, etc. vinculados a contratos prestacionales con la ABS, tengan incorporados los padrones de los laboratorios para que aquellas puedan informar a sus afiliados.-<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<strong>TITULO II<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><u>DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION BIOQUIMICA DE SALTA<\/u><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 4\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El patrimonio de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta compondr\u00e1 de:<\/p>\n<p>a) Todos los bienes que posee y en adelante adquiera por cualquier t\u00edtulo, as\u00ed como de las Rentas que los mismos produzcan.-<\/p>\n<p>b) De las cuotas que abones los asociados.-<\/p>\n<p>c) De las donaciones, herencias o legados que se le acuerden.-<\/p>\n<p>d) De lo producido por cualquier otro concepto l\u00edcito.-<\/p>\n<p>e) De los importes que se le descuenten a los bioqu\u00edmicos, por la facturaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de sus honorarios.-<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 5\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Los fondos sociales deber\u00e1n ser depositados en bancos Oficiales locales, Bancos Cooperativos o Bancos de trayectoria reconocida, a nombre de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, a la orden conjunta del Presidente, Vice-Presidente, Tesorero y Pro-Tesorero, quedando autorizados cualquiera de los nombrados para librar cheques y\/o cualquier otra movilizaci\u00f3n de fondos que autorizare la legislaci\u00f3n vigente en ese momento.-<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>TITULO III<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>\u00a0<\/strong><strong><u>DE LOS SOCIOS<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 6\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>La Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, estar\u00e1 formada por socios Fundadores, Vitalicios, \u00a0Honorarios, Activos y Adherentes.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 7\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Son socios fundadores los que hayan firmado el acta de fundaci\u00f3n de esta Asociaci\u00f3n y tienen los mismos derechos y obligaciones que los socios activos.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 8\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Son socios vitalicios los que hayan permanecido como socios activos durante 30 (treinta) a\u00f1os continuos desde su inscripci\u00f3n como socio activo. No pagar\u00e1n la cuota social salvo aquellas que le permita usufructuar los beneficios institucionales y del FAS, y gozar\u00e1n de los mismos derechos y deberes que los activos.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 9\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Son socios honorarios aquellas personas que por sus condiciones relevantes hayan contribuido al progreso de la ciencia y de la profesi\u00f3n bioqu\u00edmica. Ser\u00e1n propuestos por la Comisi\u00f3n Directiva y designados por la Asamblea. No pagar\u00e1n cuota y gozar\u00e1n de los derechos y obligaciones reglamentados para tal fin. Carecer\u00e1n del derecho al sufragio activo.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 10\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Para ser socio activo se requiere:<\/p>\n<p>a) Poseer t\u00edtulo de bioqu\u00edmico.-<\/p>\n<p>b) Presentar la solicitud de admisi\u00f3n con los datos personales en la que deber\u00e1 expresar que conoce y acepta libremente el presente Estatuto y dem\u00e1s Reglamentos en vigencia, n\u00famero de matr\u00edcula profesional del Colegio de Bioqu\u00edmicos de la Provincia de Salta, firma de un socio presentante, asumir el compromiso de cumplir con sus obligaciones como socio y acatar las directivas estatutarias, resoluciones de comisi\u00f3n directiva, asamblearias y Fondo de Asistencia Social -FAS- y disposiciones que gremialmente adopten las autoridades de la Instituci\u00f3n.-<\/p>\n<p>c) Tener antecedentes honorables dentro del \u00e1mbito de actuaci\u00f3n p\u00fablico y privado.-<\/p>\n<p>d) Abonar una cuota de ingreso.-<\/p>\n<p>e) Abonar la cuota mensual.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 11\u00ba) <\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Ser\u00e1n Socios Adherentes aquellos nuevos profesionales bioqu\u00edmicos que manifiesten su inter\u00e9s de pertenecer a la ABS, y que no se desempe\u00f1en como directores t\u00e9cnicos de laboratorios bioqu\u00edmicos, ni facturen pr\u00e1cticas bioqu\u00edmicas. A estos profesionales se les admitir\u00e1 como socios en esta categor\u00eda sin pagar cuota de ingreso, pero en caso de habilitar laboratorio, ser director t\u00e9cnico o haber facturado o facturar pr\u00e1cticas bioqu\u00edmicas, autom\u00e1ticamente revestir\u00e1 la categor\u00eda de socio activo establecida en el Art. 13, debiendo abonar la cuota de ingreso.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 12\u00ba)<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Para ser Socio Adherente se requiere:<\/p>\n<p>a) Poseer t\u00edtulo de bioqu\u00edmico.-<\/p>\n<p>b) Tener antecedentes honorables y no haber cometido con anterioridad\u00a0 hechos o actos no acordes con las normas vigentes en esta Asociaci\u00f3n.<\/p>\n<p>c) Ser presentado por un socio activo pleno y aceptado por la Comisi\u00f3n Directiva por votaci\u00f3n de los dos tercios (2\/3) de los miembros presentes como m\u00ednimo.<\/p>\n<p>d) En la solicitud de inscripci\u00f3n deber\u00e1 expresar que conoce y acepta libremente el presente Estatuto y dem\u00e1s Reglamentos en vigencia, emanados de Comisi\u00f3n Directiva o Asambleas, comprometi\u00e9ndose a respetar y obedecer toda futura disposici\u00f3n de las mismas, constituyendo la violaci\u00f3n a las obligaciones contenidas en tal normativa, falta grave.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 13\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Para acceder a los beneficios institucionales, el Socio tiene el deber y la obligaci\u00f3n de estar al d\u00eda con tesorer\u00eda.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 14\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Un socio podr\u00e1 solicitar licencia, por enfermedad debidamente comprobada o causa (efectivamente) justificada, o cuando deba ausentarse de la provincia por m\u00e1s de tres (3) meses y por un m\u00e1ximo de un (1) a\u00f1o por razones (verdaderamente) demostradas, la misma no podr\u00e1 exceder los tres (3) a\u00f1os y su tratamiento ser\u00e1 en Comisi\u00f3n Directiva y deber\u00e1 aprobarse por el voto de los dos tercios (2\/3) de los presentes. La renovaci\u00f3n de la licencia deber\u00e1 realizarse por escrito y presentarse quince (15) d\u00edas corridos antes de su finalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 15\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Los Socios est\u00e1n obligados a comunicar por escrito a Secretar\u00eda todo cambio de domicilio dentro de los quince (15) d\u00edas corridos de efectuada la misma. De no hacerlo, se tendr\u00e1 a la Secretar\u00eda de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, como domicilio h\u00e1bil para todas las informaciones y\/o comunicaciones institucionales.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 16\u00ba)<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Son obligaciones y derechos de los socios activos:<\/p>\n<p>a) Llenar la ficha de afiliaci\u00f3n, sin falsear los datos que all\u00ed se enumeren.<\/p>\n<p>b) Fijar domicilio y dar cuenta de su cambio.-<\/p>\n<p>c) Abonar puntualmente las cuotas sociales y la correspondiente al complejo deportivo.<\/p>\n<p>d) Presentar la renuncia por escrito, debiendo hallarse al d\u00eda con sus pagos.<\/p>\n<p>e) Respetar y cumplir estos estatutos y los reglamentos y disposiciones de la Asamblea y de la Comisi\u00f3n directiva.-<\/p>\n<p>f) Desempe\u00f1ar las funciones y gestiones que la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta le encomiende, salvo caso de impedimento.-<\/p>\n<p>g) Presentar por escrito a la Comisi\u00f3n Directiva ideas y proyectos de utilidad que encuadren dentro de los fines de la Asociaci\u00f3n.-<\/p>\n<p>h) Asistir a las Asambleas, deliberar, votar en las mismas, elegir y ser electo para ocupar cargos directivos, con las limitaciones fijadas por el estatuto. El socio activo tiene derecho a un voto, siendo el mismo personal e indelegable.-<\/p>\n<p>i) Tener libre acceso a las dependencias de la instituci\u00f3n y uso y goce de los beneficios establecidos en los estatutos y sus reglamentaciones.-<\/p>\n<p>j) Informar por escrito a la Comisi\u00f3n Directiva cualquier situaci\u00f3n que se produjera y que lo inhabilitara para continuar siendo socio.-<\/p>\n<p>k) Informar a la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta la apertura del o de los laboratorios de su propiedad y asociar a los respectivos directores t\u00e9cnicos en funci\u00f3n de lo dispuesto en los inc. p) y v)del art. 3\u00ba.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 17\u00ba) <\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Son obligaciones y derechos de los socios adherentes:<\/p>\n<p>a) Llenar la ficha de afiliaci\u00f3n, sin falsear los datos que all\u00ed se enumeren.<\/p>\n<p>b) Pagar las cuotas sociales igual a las que abona el socio activo.<\/p>\n<p>c) Fijar domicilio y dar cuenta de su cambio.-<\/p>\n<p>d) Respetar y cumplir estos estatutos, los reglamentos y disposiciones de la Asociaci\u00f3n, de la Comisi\u00f3n Directiva y los que establezca la Asamblea.<\/p>\n<p>e) Tienen voz, pero no voto en las Asambleas como en las reuniones de CD, a la que fueren invitados o participen voluntariamente.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 18\u00ba)<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Un socio pierde el derecho como socio de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, en los siguientes casos:<\/p>\n<p>a) Renuncia presentada por escrito.-<\/p>\n<p>b) Falta de pago de tres (3) cuotas consecutivas o cinco (5) alternadas.<\/p>\n<p>En caso de mora la Comisi\u00f3n Directiva deber\u00e1 intimar fehacientemente al asociado a regularizar su situaci\u00f3n en el plazo de cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles de la fecha de notificaci\u00f3n. Si la regularizaci\u00f3n no se produjera dentro del t\u00e9rmino antes fijado la Comisi\u00f3n Directiva excluir\u00e1 al socio moroso, qui\u00e9n para solicitar su reingreso a la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, deber\u00e1 abonar el total de lo adeudado seg\u00fan valores del d\u00eda, m\u00e1s los intereses que la HCD fije al respecto.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 19\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Los Socios comprendidos en el <u>inc. b)<\/u> del art\u00edculo anterior, para reintegrarse autom\u00e1ticamente a la Instituci\u00f3n, deber\u00e1n abonar la totalidad de las mensualidades adeudadas a valores actualizados. En caso de plan de pago pautado no podr\u00e1 reincidir en esta conducta ya que de no cumplir con \u00e9ste, una vez intimado el abono por medio de comunicaci\u00f3n fehaciente, podr\u00e1 ser dado de baja por la Comisi\u00f3n Directiva. Asimismo tendr\u00e1 una p\u00e9rdida de antig\u00fcedad proporcional al tiempo de morosidad m\u00e1s la mitad.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 20\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Son causales de expulsi\u00f3n de los socios:<\/p>\n<p>a) Violaci\u00f3n de los fines y normas del presente Estatuto, como de decisiones de la Asamblea.-<\/p>\n<p>b) Faltar a las reglas \u00e9ticas y deontol\u00f3gicas bioqu\u00edmicas que existan o puedan establecerse y\/o reglamentarse.-<\/p>\n<p>c) Haber cometido actos de deshonestidad o enga\u00f1o o tratar de falsear informaci\u00f3n en contra de la Asociaci\u00f3n para obtener un beneficio econ\u00f3mico.-<\/p>\n<p>d) Hacer voluntariamente da\u00f1o a la imagen de la Asociaci\u00f3n, provocar desordenes graves en su seno, observar una conducta notoriamente perjudicial a los intereses de la Asociaci\u00f3n.-<\/p>\n<p>e) Haber incurrido en actos de inconducta gremial, incumpliendo a la obligaci\u00f3n asumida en el Art. 10 Inc. b).-<\/p>\n<p>f) Presentar como propias a la ABS para su facturaci\u00f3n, \u00f3rdenes de an\u00e1lisis bioqu\u00edmicos de profesionales bioqu\u00edmicos y\/o directores t\u00e9cnicos de laboratorios no asociados a la Instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>g) Hacerse acreedor de una pena infamante, impuesta por los Tribunales de Justicia.<\/p>\n<p>h) Haber iniciado juicio contra la Asociaci\u00f3n sin causa justificada demostrada judicialmente.<\/p>\n<p>i) En el caso de los socios adherentes, podr\u00e1n ser expulsados ante la sola determinaci\u00f3n de la HCD, requiriendo para ello el voto de la 2\/3 partes de sus miembros activos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 21\u00ba) <\/strong>Los Socios podr\u00e1n ser sancionados disciplinariamente por incumplimiento de normas estatutarias y resoluciones de Asambleas\u00a0 por fallo del Tribunal de Honor, de acuerdo a la gravedad de la falta con:<\/p>\n<p>a) Llamado de atenci\u00f3n<\/p>\n<p>b) Suspensi\u00f3n<\/p>\n<p>c) Expulsi\u00f3n<\/p>\n<p>La suspensi\u00f3n producir\u00e1 una limitaci\u00f3n de los derechos, pero no de las obligaciones como Socio Activo. S\u00f3lo tendr\u00e1 vigentes los seguros de vida, de mala praxis, de alta complejidad m\u00e9dica y subsidio por sepelio. El tiempo podr\u00e1 establecerse desde uno (1) a doce (12) meses. <u>\u00a0<\/u><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 22\u00ba)<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Este fallo que ejecutar\u00e1 la Comisi\u00f3n Directiva podr\u00e1 ser apelado mediante presentaci\u00f3n por escrito por el interesado ante una Asamblea Extraordinaria convocada a tal fin por la Comisi\u00f3n Directiva. Dicho pedido deber\u00e1 presentarse dentro de los cinco (5) d\u00edas de habersele notificado el fallo.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>\u00a0<\/strong><strong>TITULO IV<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><u>DE LAS ASAMBLEAS<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><strong>\u00a0CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 23\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Las asambleas de asociados ser\u00e1n Ordinarias o Extraordinarias.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 24\u00ba)<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Las Asambleas Ordinarias se realizar\u00e1n anualmente en el mes de Mayo con el objeto de considerar:<\/p>\n<p>a) Analizar, aprobar, modificar o rechazar la memoria, Balance Anual y dem\u00e1s documentaci\u00f3n contable.-<\/p>\n<p>b) Informe del \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n.-<\/p>\n<p>c) Elecci\u00f3n del \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n.-<\/p>\n<p>d) Elecci\u00f3n de los miembros de Comisi\u00f3n Directiva.-<\/p>\n<p>e) Tratar cualquier asunto mencionado en el orden del d\u00eda.-<\/p>\n<p>f) Elecci\u00f3n de dos socios para suscribir el Acta de Asamblea.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 25\u00ba)<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Las Asambleas Extraordinarias ser\u00e1n convocadas:<\/p>\n<p>a) Cuando lo estime conveniente la Comisi\u00f3n Directiva.-<\/p>\n<p>b) Cuando lo solicite el \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n.-<\/p>\n<p>c) Cuando lo solicite el 20% de los socios con derecho a voto y que est\u00e9n al d\u00eda con el pago de sus cuotas.-<\/p>\n<p>d) Cuando se reformen los estatutos.-<\/p>\n<p>e) Para enajenar o gravar bienes inmuebles.-<\/p>\n<p>f) En el impuesto del Art. 21\u00ba, s\u00f3lo si recayere fallo de expulsi\u00f3n o de suspensi\u00f3n mayor de cuatro (4) meses, dictado por el Tribunal de Honor.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 26\u00ba)<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 En las Asambleas no podr\u00e1 tratarse asuntos que no figuren en el Orden del d\u00eda. Los temas a tratarse, las fechas y horas de la convocatoria se har\u00e1n conocer con quince (15) d\u00edas h\u00e1biles de anticipaci\u00f3n. Deber\u00e1n publicarse por dos (2) veces en un diario local y por una (1) vez en el Bolet\u00edn Oficial y comunicar a Inspecci\u00f3n de Sociedades remitiendo un ejemplar de cada publicaci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 27\u00ba)<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 No habiendo obtenido qu\u00f3rum de la mitad mas uno de los socios, las Asambleas se celebrar\u00e1n una hora despu\u00e9s de la fijada en la convocatoria con el n\u00famero de socios presentes.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 28\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Trat\u00e1ndose de Asamblea para Reforma de Estatuto, el Qu\u00f3rum de las Asambleas ser\u00e1 la mitad m\u00e1s uno de los socios con derecho a voto, transcurrida una hora de la fijada en la citaci\u00f3n, sin obtener qu\u00f3rum, podr\u00e1 sesionar v\u00e1lidamente con la presencia del 10% de los socios con derecho a voto.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 29\u00ba)<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 No podr\u00e1n tomar parte de las Asambleas los asociados que adeudaren a la fecha de la realizaci\u00f3n m\u00e1s de una cuota social.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 30\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Todas las resoluciones de las Asambleas, sean estas Ordinarias o Extraordinarias se adoptar\u00e1n por simple mayor\u00eda de votos, en tanto en otra norma de este Estatuto no se disponga lo contrario.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculos 31\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>La Mesa Directiva ser\u00e1 la misma que la de la Comisi\u00f3n Directiva, a menos que la Asamblea resuelva lo contrario.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 32\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Presidente podr\u00e1 intervenir en el debate, delegando la Presidencia en la persona que corresponda sustituirlo y solo tiene voto en caso de doble empate.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 33\u00ba)<\/strong> Puesto a votaci\u00f3n un asunto, si resultara empatado, se reabrir\u00e1 su discusi\u00f3n, si en la segunda votaci\u00f3n repitiera el empate, el Presidente decide con su voto.-<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">DE LAS REGLAS DE DISCUSI\u00d3N Y VOTACI\u00d3N<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 34\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>En todas las Asambleas el Presidente abrir\u00e1 y levantar\u00e1 la sesi\u00f3n y dirigir\u00e1 las discusiones. El secretario tomar\u00e1 notas, llevar\u00e1 los turnos y contar\u00e1 los votos.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 35\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Los asuntos a considerarse ser\u00e1n \u00fanicamente los incluidos en el respectivo Orden del D\u00eda.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 36\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Toda moci\u00f3n debe ser apoyada por lo menos por un Miembro presente para poder presentarse a consideraci\u00f3n de la Asamblea.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 37\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Cuando un asunto est\u00e1 ya sometido a la Asamblea no puede pasarse a otro sin haber resuelto antes el primero. Se except\u00faan de esta disposici\u00f3n las mociones llamadas previas y de orden.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 38\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Son cuestiones de orden las que se susciten respecto a los derechos y privilegios de la Asamblea y de sus miembros, con motivo de disturbios e interrupciones o cuestiones personales. Estas mociones de orden son tratadas sobre tablas y una vez resueltas se proseguir\u00e1 con la discusi\u00f3n del tema suspendido.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 39\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Son cuestiones previas:<\/p>\n<p>a) Que se levante la sesi\u00f3n;<\/p>\n<p>b) Que se aplace un asunto por tiempo indeterminado;<\/p>\n<p>c) Que se aclare que no hay lugar a deliberar;<\/p>\n<p>d) Que se cierre o se declare libre el debate:<\/p>\n<p>e) Cualquier moci\u00f3n previa apoyada por dos miembros, se votar\u00e1 sobre tablas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 40\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Si se presentare simult\u00e1neamente una moci\u00f3n previa y una de orden, se dar\u00e1 preferencia a \u00e9sta \u00faltima.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 41\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Presidente podr\u00e1 llamar al orden a cualquier miembro que \u00e9ste hablando de alg\u00fan tema extra\u00f1o al asunto en discusi\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 42\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Es obligatorio pedir la palabra en voz alta y nunca por medio de signos.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 43\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Un miembro de la Asamblea podr\u00e1 hacer uso de la palabra dos veces salvo que se declare libre el debate. El socio que sostiene la discusi\u00f3n general de un proyecto en nombre de una comisi\u00f3n o que sea autor de \u00e9l, tendr\u00e1 derecho a usar tres veces la palabra.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 44\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Si dos miembros pidieran a un tiempo la palabra, la Presidencia la conceder\u00e1 al que a\u00fan no hubiera hablado, y si ambos estuvieran en las mismas condiciones se dar\u00e1 preferencia al que vaya a refutar al \u00faltimo orador.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 45\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Cuando varios socios pidan a la vez la palabra se le conceder\u00e1 primero al que no hubiera hecho uso de ella.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 46\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Todo asunto ser\u00e1 tratado primero en general y luego en particular.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 47\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>En los debates hay que atenerse al punto en discusi\u00f3n y guardar el orden debido, pudiendo la Presidencia llamar al orden al orador y retir\u00e1rsele la palabra si fuera preciso. Si la pena fuera definitiva, deber\u00e1 ser resuelta por la misma Asamblea.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 48\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>La discusi\u00f3n en todas las Asambleas es libre para todos los socios y si no fuere agotada en una sola sesi\u00f3n, podr\u00e1 ser aplazada para una fecha pr\u00f3xima dentro de los treinta (30) d\u00edas corridos siguientes.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 49\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Tienen derecho al voto en las asambleas, los Socios Activos con m\u00e1s de cuatro (4) meses de asociados.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 50\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Para poder ejercer el derecho al voto todo socio debe estar al d\u00eda con Tesorer\u00eda, por lo menos ocho (8) d\u00edas h\u00e1biles antes de la fecha en que se realice la Asamblea.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 51\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Regir\u00e1 el voto secreto para la elecci\u00f3n de los miembros de la Comisi\u00f3n Directiva, Tribunal de Honor y \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n. La Junta Electoral establecer\u00e1, adecuar\u00e1 y comunicar\u00e1 el reglamento que regir\u00e1 esta elecci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 52\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Regir\u00e1 el voto por signos en todos los dem\u00e1s casos, cuando la Asamblea as\u00ed lo resuelva, la votaci\u00f3n podr\u00e1 hacerse nominalmente.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 53\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Regir\u00e1n la mayor\u00eda de los dos tercios (2\/3) de los presentes para resolver los siguientes asuntos:<\/p>\n<p>a) Para modificar Estatutos, para reconsiderar cualquier cuesti\u00f3n.<\/p>\n<p>b) Para exonerar alg\u00fan socio.-<\/p>\n<p>c) Para censurar la actitud de alg\u00fan miembro de la Comisi\u00f3n Directiva, para retirar la palabra de un orador.-<\/p>\n<p>d) Para nombrar Socios Honorarios.-<\/p>\n<p>e) Para la consideraci\u00f3n de problemas que ata\u00f1en a la estabilidad de la entidad y supervivencia de la misma.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 54\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Regir\u00e1 como mayor\u00eda legal el voto de la mitad m\u00e1s uno de los miembros presentes con derecho al voto, para todos los casos no establecidos en el Art. 53\u00ba.-<\/p>\n<p><strong>TITULO V<\/strong><\/p>\n<p>DISOLUCI\u00d3N<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 55\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>La Asamblea no podr\u00e1 decretar la disoluci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta mientras existan un m\u00ednimo del cinco por ciento (5%) de asociados activos dispuestos a sostenerla quienes en tal caso se comprometer\u00e1n a preservar el cumplimiento de los objetivos sociales.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 56\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>En caso de disoluci\u00f3n, todos los bienes, muebles e inmuebles de la Asociaci\u00f3n ser\u00e1n destinados a una entidad de beneficencia u hospital p\u00fablicos determinado por Asamblea. Dichas Entidades deben encontrarse exentas del impuesto a las ganancias y reconocidas por la AFIP (DGI) -Ley 20.268-.-<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>TITULO VI<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><u>DE LA\u00a0COMISI\u00d3N\u00a0DIRECTIVA<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><strong>Art\u00edculo 57\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>La Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta ser\u00e1 administrada, dirigida y representada por una Comisi\u00f3n Directiva Compuesta por Presidente; Vice-Presidente; Secretario; Pro-Secretario; Tesorero; Pro-Tesorero; Tres Vocales Titulares y Tres Vocales Suplentes. A los cargos de Presidente, Vice-Presidente, Secretario, Pro-Secretario, Tesorero y Pro-Tesorero se le reconocer\u00e1n gastos de representaci\u00f3n por las funciones que desempe\u00f1an debidamente aprobados por Asamblea de Asociados.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 58\u00ba)<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 El Presidente, Vice-Presidente, Secretario, Pro-Secretario, Tesorero, Pro-Tesorero, Vocales Titulares, Vocales suplentes, durar\u00e1n dos (2) a\u00f1os en sus funciones, pudiendo ser reelectos en el mismo cargo por un periodo m\u00e1s. Las elecciones se realizar\u00e1n \u00a0en Asambleas Ordinarias por votaci\u00f3n secreta y por listas oficializadas, quedando la Comisi\u00f3n Directiva facultada a designar un Tribunal Electoral, el cual deber\u00e1 dictar el Reglamento Electoral. Podr\u00e1n integral las listas quienes re\u00fanan las condiciones del Art\u00edculo 59\u00ba.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 59\u00ba)<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Para ser miembro de la Comisi\u00f3n Directiva se requiere:<\/p>\n<p>a) Ser Socio, con una antig\u00fcedad de cinco (5) a\u00f1os o mas.-<\/p>\n<p>b) No percibir emolumentos o sueldo de la Asociaci\u00f3n.-<\/p>\n<p>c) No tener deuda con la Asociaci\u00f3n.-<\/p>\n<p>d) No estar sujeto a proceso ni condenados por delitos dolosos.-<\/p>\n<p>e) No estar inhabilitado para ejercer cargos p\u00fablicos.-<\/p>\n<p>f) No haber sido expulsado ni suspendido de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, ni de otra instituci\u00f3n del Pa\u00eds.-<\/p>\n<p>g) No ejercer cargo incompatible con las funciones inherentes a las propias de la Comisi\u00f3n Directiva de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, tanto p\u00fablico como privado.-<\/p>\n<p>h) No desempe\u00f1ar funciones ejecutivas (Presidente, Secretario, Tesorero) en el Colegio de Bioqu\u00edmicos de Salta, en la Caja de Seguridad Social para Odont\u00f3logos y Bioqu\u00edmicos de Salta y en la Cooperativa Bioqu\u00edmica de Salta.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 60\u00ba)<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 La Comisi\u00f3n Directiva fijar\u00e1 los d\u00edas y horas para funcionar no requiri\u00e9ndose citaci\u00f3n para las sesiones Ordinarias. Las sesiones Extraordinarias se realizar\u00e1n por convocatoria de Presidente, o a pedido de la mitad m\u00e1s uno de los miembros titulares o del \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 61\u00ba)<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Son deberes y atribuciones de la Comisi\u00f3n Directiva:<\/p>\n<p>a) Cumplir con estos Estatutos, los Reglamentos, las Resoluciones de la Asamblea y las suyas propias.-<\/p>\n<p>b) Administrar el Patrimonio de la Asociaci\u00f3n.-<\/p>\n<p>c) Convocar a Asamblea.-<\/p>\n<p>d) La Comisi\u00f3n Directiva est\u00e1 facultada para reglamentar la distribuci\u00f3n y destino de los fondos.-<\/p>\n<p>e) Nombrar y remover el personal y fijar su remuneraci\u00f3n.-<\/p>\n<p>f) Llevar los libros requeridos por la Ley.-<\/p>\n<p>g) Confeccionar la Memoria, Balance, Inventario, etc., presentarlos a la Asamblea y contar con una Auditor\u00eda Externa Contable permanente.-<\/p>\n<p>h) Nombrar Comisiones y Sub-Comisiones Internas.-<\/p>\n<p>i) Distribuir las tareas y dictar la reglamentaci\u00f3n interna de la Comisi\u00f3n.-<\/p>\n<p>j) Fijar las cuotas de ingreso, las mensuales de los socios y el porcentual a percibir por la facturaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de honorarios.-<\/p>\n<p>k) Establecer un porcentual de retenci\u00f3n de hasta el 20%, previa oportunidad de leg\u00edtimo descargo, a todo asociado que mantenga relaci\u00f3n prestacional con alguna Obra Social, Mutual, Empresa de Medicina Prepaga, Empresas Gerenciadoras u otras entidades prestatarias en conflicto con la instituci\u00f3n, sea que se encuentre con corte de servicio o en tr\u00e1mite de su reanudaci\u00f3n, hasta que la ABS as\u00ed lo establezca.-<\/p>\n<p>l) Comunicar sus resoluciones y\/o reglamentaciones internas mediante dispositivos electr\u00f3nicos.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 62\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Presidente representar\u00e1 a la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta en todos los actos Jur\u00eddicos y Sociales y en toda circunstancia en que la misma intervenga.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 63\u00ba)<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Son atribuciones y deberes del Presidente:<\/p>\n<p>a) Presidir las reuniones de la Comisi\u00f3n Directiva y de las Asambleas.-<\/p>\n<p>b) Hacer cumplir las Resoluciones.-<\/p>\n<p>c) Otorgar con la firma del Secretario y\/o Vice-Presidente y\/o Tesorero los instrumentos en lo que consten adquisiciones, enajenaci\u00f3n constituci\u00f3n y extinci\u00f3n de derechos reales sobre inmuebles y los documentos que obliguen a la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, en la misma forma se proceder\u00e1 para el otorgamiento de poderes que la entidad confiera para el cumplimiento de los actos.-<\/p>\n<p>d) Delegar la Presidencia en sus sustitutos, cuando desee tomar parte de las deliberaciones de la Comisi\u00f3n Directiva conservando su voto como tal.-<\/p>\n<p>e) Otorgar poder para representar a la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta en juicio o en reclamos administrativos, al profesional que la Comisi\u00f3n Directiva crea id\u00f3neo para desarrollar la tarea con la firma conjunta del Secretario.-<\/p>\n<p>f) Convocar a la Comisi\u00f3n directiva cuando juzgue conveniente o a solicitud de la mitad m\u00e1s uno de los miembros titulares o del \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 64\u00ba)<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 El Vice-Presidente ejercer\u00e1 las funciones del Presidente en caso de ausencia, impedimento, renuncia o fallecimiento del mismo.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 65\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>En caso de impedimento o ausencia del Vice-Presidente lo reemplazar\u00e1 el Secretario.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 66\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Son atribuciones y deberes del Secretario:<\/p>\n<p>a) Suscribir conjuntamente con el Presidente todos los actos contratos y documentos de la Asociaci\u00f3n.-<\/p>\n<p>b) Redactar la correspondencia, notas y documentos de la entidad.-<\/p>\n<p>c) Llevar el registro de socio, conjuntamente con el Tesorero y los libros registros que la Comisi\u00f3n Directiva le encomiende.-<\/p>\n<p>d) Mantener los archivos de la Asociaci\u00f3n.-<\/p>\n<p>e) Redactar las Actas de Asamblea y de la Comisi\u00f3n Directiva.-<\/p>\n<p>g) Presentar las memorias y documentos de la Asamblea.-<\/p>\n<p>h) Verificar y anunciar el resultado de las elecciones.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 67\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Pro-Secretario deber\u00e1 auxiliar al Secretario en el desempe\u00f1o de sus funciones y realizar las tareas que este o la Comisi\u00f3n Directiva le designe.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 68\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Pro-Secretario reemplazar\u00e1 al Secretario en sus ausencias, renuncia, impedimento o fallecimiento.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 69\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Son atribuciones y deberes del Tesorero:<\/p>\n<p>a) Dirigir y supervisar la Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>b) Controlar el movimiento de los fondos de la asociaci\u00f3n y la situaci\u00f3n de los dep\u00f3sitos, y su adecuada anotaci\u00f3n en los libros contables.<\/p>\n<p>c) Supervisar que los fondos y valores que ingresen a la asociaci\u00f3n sean depositados a nombre de la Entidad en una cuenta bancaria especial, a excepci\u00f3n de las cantidades que la Comisi\u00f3n Directiva fije para gastos ordinarios.<\/p>\n<p>d) Custodiar los fondos y valores de la entidad.<\/p>\n<p>e) Firmar con el Presidente, Vice-Presidente y\/o Pro-Tesorero las finanzas bancarias<\/p>\n<p>f) Vigilar que sea llevada adecuadamente la contabilidad de la Asociaci\u00f3n por la Administraci\u00f3n de la misma.<\/p>\n<p>g) Efectuar los pagos dispuestos por la Comisi\u00f3n Directiva con autorizaci\u00f3n del Presidente, a excepci\u00f3n de los pagos corrientes de impuestos, tasas, servicios y gastos menores.<\/p>\n<p>h) Presentar a la Comisi\u00f3n Directiva informes de movimientos de fondos cuando se lo requieran.<\/p>\n<p>i) Llevar el Registro de socios de acuerdo con el Secretario, ocup\u00e1ndose de todo lo relacionado con el cobro de cuotas sociales y los dem\u00e1s que la Comisi\u00f3n Directiva lo indique.<\/p>\n<p>j) Denunciar ante la Comisi\u00f3n Directiva los socios morosos.<\/p>\n<p>k) Presentar un informe mensual del estado contable a la Comisi\u00f3n Directiva y un balance anual. Al finalizar su gesti\u00f3n presentar un informe y balance que exprese el estado econ\u00f3mico de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 70\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Pro-Tesorero prestar\u00e1 al Tesorero su colaboraci\u00f3n y lo reemplazar\u00e1 con iguales atribuciones y deberes en caso de ausencia, muerte, renuncia o impedimento.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 71\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Los Vocales titulares desempe\u00f1an las funciones que les encomiende la Comisi\u00f3n Directiva, Los Vocales Suplentes reemplazar\u00e1n a los Titulares en los casos necesarios. Podr\u00e1n concurrir a las sesiones de la Comisi\u00f3n Directiva, participando de las deliberaciones, pero sin derecho a voto.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 72\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>En caso de ausencia o cualquier impedimento temporal, simultaneo del Presidente y del Vice-Presidente, la Presidencia ser\u00e1 ejercida por el Secretario, a falta de \u00e9ste por el Tesorero, en defecto de ambos por el Pro-Secretario, a falta de \u00e9ste por el Pro-Tesorero, en su defecto por los Vocales Titulares en el orden por el que fueron elegidos.-<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><u>DE LA ELECCI\u00d3N DE AUTORIDADES<\/u><\/strong><\/p>\n<p>\u00a0<strong>Art\u00edculo 73\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>La Comisi\u00f3n Directiva confeccionar\u00e1 el padr\u00f3n de los socios con derecho a voto, los que se exhibir\u00e1n en Secretar\u00eda con la debida anticipaci\u00f3n a la fecha de las elecciones a efectos que los interesados hagan las reclamaciones por error u omisi\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 74\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Las elecciones para designar Comisi\u00f3n Directiva se efectuar\u00e1n el mismo d\u00eda de realizaci\u00f3n de la Asamblea General Ordinaria y seg\u00fan las necesidades, se constituir\u00e1 una o m\u00e1s mesas receptoras de votos, quedando a cargo del Tribunal Electoral designado \u201c<em>ad hoc<\/em>\u201d la realizaci\u00f3n de las adecuaciones necesarias para un ordenado acto eleccionario.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 75\u00ba)<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 En caso de haberse oficializado una sola lista no se realizar\u00e1 el acto electoral, procedi\u00e9ndose a la proclamaci\u00f3n de las nuevas autoridades en forma directa. &#8211;<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 76\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Terminada la elecci\u00f3n, se practicar\u00e1 de inmediato el escrutinio y se proclamar\u00e1 a los electos durante la Asamblea General Ordinaria.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 77\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Estos Estatutos podr\u00e1n reformarse a pedido de las 2\/3 partes de la Comisi\u00f3n Directiva o a petici\u00f3n escrita del 20% de los socios con derecho a voto, la reforma ser\u00e1 tratada y resuelta en Asamblea Extraordinaria convocada en la forma que determine el Art. 25\u00ba. La modificaci\u00f3n del Estatuto solo tendr\u00e1 validez con el voto afirmativo de los dos tercios( 2\/3) de los socios presentes con derecho a voto.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 78\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n estar\u00e1 integrado autom\u00e1ticamente por el Presidente y Vice-Presidente como titular y suplente de la lista opositora, siempre que obtenga el 10% del total de votos emitidos y v\u00e1lidos. Si se presentara una sola lista o si no obtuviera el m\u00ednimo de votos previstos, el \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n ser\u00e1 elegido en igual forma que la Comisi\u00f3n Directiva, integrada la lista, durar\u00e1 dos a\u00f1os en el ejercicio de sus funciones.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 79\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n tendr\u00e1 las siguientes atribuciones y deberes.-<\/p>\n<p>a) Examinar los libros y documentos de la asociaci\u00f3n.-<\/p>\n<p>b) Dictaminar sobre la memoria, balance e inventario.-<\/p>\n<p>c) Convocar a Asamblea Ordinaria cuando la Comisi\u00f3n Directiva omitiese hacerlo.-<\/p>\n<p>d) Solicitar la convocatoria a Asamblea Extraordinaria cuando lo juzgue necesario, poniendo los antecedentes que fundamenten su pedido en conocimiento de la Inspecci\u00f3n de Personas Jur\u00eddicas cuando se negare a ello la Comisi\u00f3n Directiva.-<\/p>\n<p>e) Vigilar la liquidaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En todos los casos el \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n cumplir\u00e1 sus funciones de manera que no entorpezca la regular marcha de la administraci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>Articulo 80\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El \u00d3rgano de Fiscalizaci\u00f3n podr\u00e1 asistir a sesiones de la Comisi\u00f3n Directiva presentando sus informes y participando del debate pero sin derecho a voto.-<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><u>DISPOSICIONES GENERALES DE LA\u00a0COMISI\u00d3N\u00a0DIRECTIVA<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 81\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>La Comisi\u00f3n Directiva sesionar\u00e1 v\u00e1lidamente con qu\u00f3rum de seis (6) de sus miembros. Los vocales suplentes no integran qu\u00f3rum. Las resoluciones de la Comisi\u00f3n Directiva se tomar\u00e1 por simple mayor\u00eda de votos. El Presidente solo vota en caso de empate.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 82\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>La asistencia de los miembros de la Comisi\u00f3n Directiva es obligatoria. El integrante que faltare sin justificaci\u00f3n a tres (3) reuniones consecutivas o a cinco (5) alternadas en las sesiones realizadas en un a\u00f1o, ser\u00e1 separado del cargo y reemplazado por quien corresponda.-<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>TITULO VII<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>\u00a0<\/strong><strong>CAP\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>\u00a0DEL TRIBUNAL DE HONOR<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 83\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>La Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta y todos sus socios se comprometen a respetar, cumplir y hacer cumplir lo establecido en los Estatutos, disposiciones Asamblearias, Reglamentaciones de la HCD, como de cualquier otra norma o cuerpo normativo que de manera directa o indirecta pudiese tener vinculaci\u00f3n con los fines y objetivos de esta Instituci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 84\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Tribunal de Honor est\u00e1 constituido por tres (3) miembros titulares y dos (2) suplentes. En la primera reuni\u00f3n que realice el Tribunal de Honor electo, deber\u00e1 obligatoria e improrrogablemente designar un Presidente, un Secretario y un (1) Vocal Titular, quedando los dos (2) Vocales Suplentes que reemplazaran a los Titulares en el cargo que dejare vacante por renuncia, licencia o fallecimiento.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 85\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Para ser Miembro del Tribunal de Honor se requiere tener como m\u00ednimo diez a\u00f1os de antig\u00fcedad como socio y con derecho a voto y no tener sanci\u00f3n \u00e9tica alguna.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 86\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Los miembros del Tribunal ser\u00e1n elegidos en la misma Asamblea Ordinaria en que se elijan los miembros de Comisi\u00f3n Directiva y durar\u00e1n dos a\u00f1os en sus funciones. Podr\u00e1n ser reelegidos por un nuevo per\u00edodo, luego deber\u00e1 transcurrir un per\u00edodo de intervalo para poder ser reelecto en el mismo cargo.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 87\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Las Resoluciones del Tribunal de Honor, s\u00f3lo ser\u00e1n v\u00e1lidas si se han tomado con la presencia de todos sus miembros titulares o de los suplentes que los reemplacen y de acuerdo al C\u00f3digo de Procedimiento.-<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>CAP\u00cdTULO II<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><u>PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO<\/u><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><u>DISPOSICIONES GENERALES<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 88\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El objeto del presente c\u00f3digo es velar por el cumplimiento de las disposiciones normativas establecidas en el Art. 83 del presente Estatuto y fijar las sanciones de que se hacen pasibles los que lo infringen.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 89\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Todo socio debe velar por el buen nombre, el prestigio y el decoro de la profesi\u00f3n y de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta a la que pertenece, y la m\u00e1s leve falla contra la \u00e9tica es doblemente grave si es cometida por \u00e9l.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 90\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>La autoridad competente que debe entender en las contravenciones a los Estatutos y dem\u00e1s disposiciones normativas (art. 83 Est. Social), es el Tribunal de Honor, cuyo fallo ser\u00e1 apelable de acuerdo al art. 22 de los Estatutos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 91\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Todo comportamiento que afecte el prestigio de cualquier colega y de la profesi\u00f3n de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, o que perjudique la buena marcha de \u00e9sta, o que atente a su estabilidad, puede ser sometido a la consideraci\u00f3n de dicho Tribunal.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 92\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Toda resoluci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Directiva o del Tribunal de Honor debe ser respetada y cumplida por todos los asociados y al no hacerlo se hacen pasibles de las penas contenidas en este C\u00f3digo<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 93\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Funciones: Instruir los sumarios conforme a las actuaciones que le sean elevadas por la HCD de la ABS y dictar resoluci\u00f3n sobre cualquier transgresi\u00f3n a estos Estatutos, disposiciones Asamblearias, Reglamentaciones de la HCD, como de cualquier otra norma o cuerpo normativos que de manera directa o indirecta pudiese tener vinculaci\u00f3n con los fines y objetivos de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 94\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>En los casos de ausencia, enfermedad, suspensi\u00f3n, separaci\u00f3n o muerte del Presidente o Secretario, ser\u00e1n reemplazados por el Vocal Titular en igualdad de condiciones, y \u00e9ste \u2013 a su vez \u2013 por los miembros suplentes de turno.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 95\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Los miembros del Tribunal de Honor, ser\u00e1n los que pertenezcan a la lista ganadora por simple mayor\u00eda.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 96\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Las resoluciones del Tribunal de Honor son inapelables ante el mismo y s\u00f3lo pueden ser revistas por una Asamblea Extraordinaria convocada al efecto, con la limitaci\u00f3n establecida en el art. 25 inc. f).<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>CAP\u00cdTULO III<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>PROCEDIMIENTO<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 97\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Tribunal de Honor no podr\u00e1 intervenir de oficio de manera alguna. Todo Socio, conjunto de Socios, Comisi\u00f3n Directiva o Asamblea de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, podr\u00e1n someter al Tribunal de Honor los asuntos que considere pertinente.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 98\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Tribunal de Honor podr\u00e1 entender en los asuntos que se le sometan, cuando una de las partes sea socio y la otra un colega no socio, una asociaci\u00f3n o entidad cualquiera, o un particular, siempre que estos \u00faltimos acepten su jurisdicci\u00f3n. El presente proceso disciplinario no es susceptible de renuncia o desistimiento.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 99\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Cualquiera de los Miembros del Tribunal de Honor debe excusarse de atender en asuntos cuando su conciencia as\u00ed se lo dicte. Los Miembros del Tribunal no son recusables.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 100\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Dejan de ser Miembros del Tribunal:<\/p>\n<ol>\n<li>Por renuncia<\/li>\n<li>Por separaci\u00f3n basada en condena infamante y en la incapacidad legalmente declarada<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 101\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Los Miembros del Tribunal de Honor pueden ser suspendidos en sus funciones por el mismo Tribunal y por las causas siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Acusaci\u00f3n por crimen o delito, mientras dure el juicio;<\/li>\n<li>Negligencia o inconducta en el desempe\u00f1o de su cargo<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 102\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Para someter un asunto al Tribunal de Honor, deber\u00e1 el interesado presentarlo por escrito al Presidente, quien en un plazo m\u00e1ximo de diez (10) d\u00edas h\u00e1biles, citar\u00e1 al Tribunal.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 103\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Reunido el Tribunal en mayor\u00eda, se entender\u00e1 del asunto y tomar\u00e1 las resoluciones de tr\u00e1mite que corresponda.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 104\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Recibida una denuncia contra un asociado, evaluada la misma y determinada la competencia del Tribunal, corresponder\u00e1 previo a todo tramite instructivo su ratificaci\u00f3n por parte del denunciante, quien no adquiere calidad de parte.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 105\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Tribunal no podr\u00e1 dictar sentencia sin haber o\u00eddo a la parte acusada o a todas las partes que intervengan en el juicio. Si una de la partes se negara a concurrir, por lo menos a\u00a0 dos citaciones, la \u00faltima de las cuales se har\u00e1 por carta documento, el asunto ser\u00e1 llevado adelante en rebeld\u00eda, hasta su resoluci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 106\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Tribunal de Honor caratula y numera el expediente y ordena labrar las actuaciones, fija la pertinente audiencia de comparendo del socio imputado para que tome conocimiento de las diligencias, haciendo entrega de fotocopias de las mismas, acord\u00e1ndole un plazo de cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles para que presente descargo por escrito y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho. La negativa del imputado a declarar no implica aceptar los cargos que se formulan. Puede designar defensor entre los abogados del medio, el que deber\u00e1 acreditar personer\u00eda, pero no podr\u00e1 ser sustituido.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 107\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Las actuaciones ser\u00e1n secretas hasta que el imputado declare o formule descargo por escrito, o bien hasta vencido el plazo fijado en el art. 18, si se hubiere negado a declarar.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 108\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Los plazos se reputan h\u00e1biles; se computar\u00e1n a partir del d\u00eda siguiente de la notificaci\u00f3n, son improrrogables salvo causa justificada o fuerza mayor, debidamente acreditada, a solicitud del interesado y a criterio de la instrucci\u00f3n. Tendr\u00e1n una gracia de dos (2) horas, es decir, hasta la diez de la ma\u00f1ana del d\u00eda siguiente del \u00faltimo d\u00eda, y la Instrucci\u00f3n sumarial no podr\u00e1 exceder los sesenta (60) d\u00edas h\u00e1biles para expedir sus conclusiones, prorrogable por otros treinta (30) d\u00edas, cuando las circunstancias del caso lo requieran.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 109\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Si ofrecido el descargo por parte del imputado, este ofrece nuevo elementos de juicio, corresponde producir la prueba ofrecida, caso contrario se clausurar\u00e1 el per\u00edodo probatorio, corriendo vista de todo lo actuado para que formule alegato final dentro del plazo de cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles posteriores a su notificaci\u00f3n. Finalizada la vista, corresponde el cierre de la causa, dict\u00e1ndose la pertinente resoluci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 110\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Tribunal de Honor, para dictar su fallo debe funcionar en pleno y lo har\u00e1 en el menor tiempo posible, ordenando su publicaci\u00f3n o su reserva seg\u00fan lo estime conveniente.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 111\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>No siendo el Tribunal de Honor una instancia ejecutiva, ser\u00e1 siempre la Comisi\u00f3n Directiva o la Asamblea las que apliquen las penas dictadas, a cuyo efecto el Tribunal notificar\u00e1 a la Comisi\u00f3n Directiva de sus resoluciones.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 112\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El fallo del Tribunal de Honor deber\u00e1 inspirarse siempre en los sentimientos del honor y del deber y ser\u00e1 expresado sin exageraciones y sin debilidades. El puede ser:<\/p>\n<ol>\n<li>Absoluci\u00f3n por unanimidad de votos;<\/li>\n<li>Amonestaci\u00f3n por mayor\u00eda de votos;<\/li>\n<li>Amonestaci\u00f3n seria por mayor\u00eda de votos;<\/li>\n<li>Suspensi\u00f3n en la calidad de Socio, hasta doce (12) meses, por unanimidad de votos;<\/li>\n<li>Expulsi\u00f3n de acuerdo a los Estatutos de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, por unanimidad de votos<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 113\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Tribunal de Honor est\u00e1 facultado para requerir testimonios, pruebas y todo elemento que pueda facilitar el desempe\u00f1o de sus tareas.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 114\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Mientras dure el juicio o mientras est\u00e9 en suspenso una sentencia del Tribunal de Honor, la Comisi\u00f3n Directiva de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, no dar\u00e1 tr\u00e1mite a ninguna renuncia de socio que sea parte en el juicio.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 115\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>El Tribunal de Honor llevar\u00e1 un libro de actas y un archivo de expedientes, cuya custodia le est\u00e1 reservada a la Comisi\u00f3n Directiva.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 116\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Las acciones disciplinarias prescribir\u00e1n a los dos (2) a\u00f1os contados desde la fecha en que ocurri\u00f3 el hecho. Una nueva infracci\u00f3n, interrumpe la prescripci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 117\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>La extinci\u00f3n de la acci\u00f3n disciplinaria se produce por el fallecimiento del imputado o por prescripci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 118\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Los expedientes no podr\u00e1n salir de su \u00e1mbito natural, pudiendo ser examinado por el interesado o defensor.-<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 119\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Para las situaciones no previstas en este procedimiento, ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n supletoria las disposiciones del C\u00f3digo de Procedimiento Penal de la Provincia de Salta y la Ley de Procedimientos Administrativo n\u00ba 5348 y el Reglamento Gral. de Investigaciones Administrativas de la Pcia. de Salto (Dcto. n\u00ba 1272), en tanto resulten compatibles con el presente esquema procedimental.-<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>TITULO VIII<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><u>DISPOSICIONES GENERALES<\/u><\/strong><\/p>\n<p>\u00a0<strong>Articulo 120\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>En caso de suscitarse dudas sobre las disposiciones de estos Estatutos y reglas deontol\u00f3gicas, su interpretaci\u00f3n corresponde a la Comisi\u00f3n Directiva pudiendo sus resoluciones ser apeladas ante una Asamblea.-<\/p>\n<p><strong>Articulo 121\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>En todo acto de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, se requerir\u00e1 total prescindencia pol\u00edtica y religiosa.-<\/p>\n<p><strong>Articulo 122\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>En casos de disoluci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n Bioqu\u00edmica de Salta, dispuesta por la Asamblea Gral. Extraordinaria, conforme a estos Estatutos, el remanente de los bienes de la Asociaci\u00f3n una vez pagadas las deudas pasar\u00e1n sin cargo a los servicios Bioqu\u00edmicos, de los Hospitales P\u00fablicos de la Provincia de Salta, existentes a la \u00e9poca de disoluci\u00f3n de esta Entidad, en forma que determine la Asamblea pertinente.-<\/p>\n<p><strong>Articulo 123\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Los socios del interior podr\u00e1n votar, remitiendo su voto en sobre cerrado, dentro de otro sobre y se computar\u00e1 si llegare antes de la realizaci\u00f3n de la Asamblea, sino le ser\u00e1 devuelto.-<\/p>\n<p><strong>Articulo 124\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><u>Cl\u00e1usula transitoria<\/u>:\u00a0 El presente Estatuto Social entrar\u00e1 en vigencia a partir de la aprobaci\u00f3n definitiva que efect\u00fae la autoridad de aplicaci\u00f3n p\u00fablico, representada actualmente por el Ministerio de Gobierno de la Pcia. de Salta.-<\/p>\n<p><strong>Articulo 125\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong><u>Cl\u00e1usula transitoria<\/u>: Aprobado que fuere el presente Estatuto Social por la autoridad de aplicaci\u00f3n, quedan revocadas de pleno derecho toda normativa y\/o resoluci\u00f3n emanada por la HCD y\/o la Asamblea de asociados, en tanto la o las mismas contradigan lo establecido en el presente Estatuto.-<\/p>\n<p><strong>Articulo 126\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <\/strong>Queda facultada la Comisi\u00f3n Directiva, para aceptar las modificaciones propuestas por inspecci\u00f3n General de Personas Jur\u00eddicas a los presentes Estatutos.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>TITULO I CONSTITUCI\u00d3N. DENOMINACI\u00d3N Y FINES DE LA\u00a0ASOCIACI\u00d3N Articulo 1\u00ba)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 En la ciudad de Salta, a los veintid\u00f3s d\u00edas del mes de Octubre del a\u00f1o Dos Mil Uno, queda constituida una Asociaci\u00f3n integrada exclusivamente por profesionales que posean el t\u00edtulo de Bioqu\u00edmicos, otorgados o revalidados por una Universidad Nacional Argentina, y que se denominar\u00e1\u00a0ASOCIACI\u00d3N\u00a0BIOQU\u00cdMICA DE [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-1105","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-institucional","et-doesnt-have-format-content","et_post_format-et-post-format-standard"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/abs-salta.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1105","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/abs-salta.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/abs-salta.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/abs-salta.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/abs-salta.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1105"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/abs-salta.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1105\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1106,"href":"https:\/\/abs-salta.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1105\/revisions\/1106"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/abs-salta.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1105"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/abs-salta.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1105"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/abs-salta.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1105"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}