Sres. Socios:
Informamos que ante el atraso del pago del IPS, y al no tener respuesta, nos vemos en la obligación de realizar cobro diferencial . La Factura debe indicar en la leyenda Cobro por atraso en el Pago.
Se debe autorizar en el sistema de IPS y posteriormente validar en el sistema de ABS que calcula el porcentaje correspondiente y emite un código de validación. Se debe cobrar el coseguro (en caso de corresponder) más el importe parametrizado en la página de ABS.

Para presentar las órdenes a facturación se debe adjuntar la factura del cobro (monto del arancel diferenciado), y deben constar ambos números de aprobación.
Atte.
Comisión Directiva